Seguro de Accidentes Personales Minería

El Seguro de Accidentes Personales para Minería de Minerasegura.cl Está diseñado para otorgar protección a los trabajadores de Empresas Contratistas (EECC) y sus subcontratistas que participan en la ejecución de trabajos o prestación de servicios asociados a la industria minera. 

Esta cobertura ampara a todos los colaboradores —incluidos aquellos que prestan servicios a honorarios— frente a lesiones corporales causadas exclusivamente por accidentes, ya sea dentro o fuera de las faenas mineras, y mientras se mantenga vigente la póliza. 

El seguro contempla indemnización por muerte accidental e incapacidad permanente derivada de un accidente, en conformidad con los planes contratados (Planes A y B). 

Esta solución de protección está especialmente pensada para dar cumplimiento a los estándares de seguridad exigidos por la minería y resguardar el capital humano frente a riesgos propios de las operaciones en terreno 

Coberturas

  • Muerte accidental. 

  • Muerte por fallecimiento accidental.

  • Invalidez total o permanente 2/3. 

  • Invalidez por desmembramiento.  

  • Reembolso de gastos médicos por accidente (Sub-límite). 

  • Gastos de sepelio. 

Cláusulas Especiales  

  • Cláusula de inalterabilidad. 

  • Terceros entre sí (Responsabilidad civil Cruzada). 

  • Derecho de no subrogación en contra del mandante. 

  • Rehabilitación automática en caso de siniestro. 

  • Renovación automática o extensión de vigencia. 

  • Rehabilitación automática de póliza ante un siniestro.  

  • Cláusula de arbitraje para el mandante.  

  • Póliza primaria. 

Exclusiones

No se cubren accidentes derivados de: 

  • Actos voluntarios del asegurado y temerarios. 

  • Participación en delitos o riñas. 

  • Estar bajo los efectos del alcohol o drogas.  

  • Enfermedades preexistentes o no accidentales. 

  • Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto infringidas. 

  • Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado. 

  • Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis. 

 

Obligaciones del Contratante: 

  • Pago al contado de las pólizas exigidas por el mandante Minero. 

  • Declarar Fielmente y sin reticencia la actividad de riesgo. 

  • Mantener actualizados los datos de los asegurados. 

  • Comunicar siniestros inmediatamente, salvo caso fortuito o fuerza mayor. 

  • Comunicar cualquier modificación que afecte el riesgo declarado a la compañía.  

  • La póliza debe estar pagada al contado. 

  • Envío de Certificado de pago emitido por la compañía. 

  • Envío de Certificado de vigencia emitido por la compañía. 

 

Condiciones Legales y Generales: 

1.- Régimen de subcontratación. 

Las exigencias realizadas al contratista que se adjudica la obra, en materia de seguros, se extienden a las empresas que subcontraten. 

2.-Condicionado General. 

El detalle de las condiciones específicas y exclusiones se encuentran en las Condiciones Generales del Depósito de la CMF Chile código POL320130085. 

Depósito de pólizas CMF: https://www.cmfchile.cl/institucional/mercados/deposito_polizas.php

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¿Qué hacemos en Minera Segura?

Aseguramos a empresas proveedoras de la minería

Trabajamos exclusivamente con empresas que prestan servicios a mandantes mineros.

Entendemos las exigencias contractuales, técnicas y legales que se requieren para poder operar, y diseñamos soluciones de seguro adaptadas a cada situación.

Gestionamos pólizas complejas de forma ágil y clara

Nos especializamos en seguros que requieren adecuación de cláusulas, validación jurídica y cumplimiento estricto de requisitos para ingreso a faena.

Cotizamos con aseguradoras que conocen el rubro y emitimos pólizas en tiempos competitivos.

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Brindamos asesoría experta durante todo el proceso

Acompañamos a nuestros clientes desde la evaluación inicial hasta la entrega final de certificados, asegurando que cada póliza cumpla con lo solicitado y esté disponible a tiempo.

Nuestro compromiso no termina con la emisión: estamos presentes durante toda la vigencia del contrato.