El Seguro de Accidentes Personales para Minería de Minerasegura.cl Está diseñado para otorgar protección a los trabajadores de Empresas Contratistas (EECC) y sus subcontratistas que participan en la ejecución de trabajos o prestación de servicios asociados a la industria minera.
Esta cobertura ampara a todos los colaboradores —incluidos aquellos que prestan servicios a honorarios— frente a lesiones corporales causadas exclusivamente por accidentes, ya sea dentro o fuera de las faenas mineras, y mientras se mantenga vigente la póliza.
El seguro contempla indemnización por muerte accidental e incapacidad permanente derivada de un accidente, en conformidad con los planes contratados (Planes A y B).
Esta solución de protección está especialmente pensada para dar cumplimiento a los estándares de seguridad exigidos por la minería y resguardar el capital humano frente a riesgos propios de las operaciones en terreno
Muerte accidental.
Muerte por fallecimiento accidental.
Invalidez total o permanente 2/3.
Invalidez por desmembramiento.
Reembolso de gastos médicos por accidente (Sub-límite).
Gastos de sepelio.
Cláusula de inalterabilidad.
Terceros entre sí (Responsabilidad civil Cruzada).
Derecho de no subrogación en contra del mandante.
Rehabilitación automática en caso de siniestro.
Renovación automática o extensión de vigencia.
Rehabilitación automática de póliza ante un siniestro.
Cláusula de arbitraje para el mandante.
Póliza primaria.
No se cubren accidentes derivados de:
Actos voluntarios del asegurado y temerarios.
Participación en delitos o riñas.
Estar bajo los efectos del alcohol o drogas.
Enfermedades preexistentes o no accidentales.
Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto infringidas.
Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado.
Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis.
Pago al contado de las pólizas exigidas por el mandante Minero.
Declarar Fielmente y sin reticencia la actividad de riesgo.
Mantener actualizados los datos de los asegurados.
Comunicar siniestros inmediatamente, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
Comunicar cualquier modificación que afecte el riesgo declarado a la compañía.
La póliza debe estar pagada al contado.
Envío de Certificado de pago emitido por la compañía.
Envío de Certificado de vigencia emitido por la compañía.
1.- Régimen de subcontratación.
Las exigencias realizadas al contratista que se adjudica la obra, en materia de seguros, se extienden a las empresas que subcontraten.
2.-Condicionado General.
El detalle de las condiciones específicas y exclusiones se encuentran en las Condiciones Generales del Depósito de la CMF Chile código POL320130085.
Depósito de pólizas CMF: https://www.cmfchile.cl/institucional/mercados/deposito_polizas.php
Obtén una cotización clara, rápida y diseñada para cumplir con los requerimientos de ingreso.
Minera Segura 2025 - Todos los derechos reservados - Minera segura es una marca administrada por Corredores de seguros y asesoría FD SPA
Trabajamos exclusivamente con empresas que prestan servicios a mandantes mineros.
Entendemos las exigencias contractuales, técnicas y legales que se requieren para poder operar, y diseñamos soluciones de seguro adaptadas a cada situación.
Nos especializamos en seguros que requieren adecuación de cláusulas, validación jurídica y cumplimiento estricto de requisitos para ingreso a faena.
Cotizamos con aseguradoras que conocen el rubro y emitimos pólizas en tiempos competitivos.
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Acompañamos a nuestros clientes desde la evaluación inicial hasta la entrega final de certificados, asegurando que cada póliza cumpla con lo solicitado y esté disponible a tiempo.
Nuestro compromiso no termina con la emisión: estamos presentes durante toda la vigencia del contrato.