¿CLAUSULA DE NO SUBROGACION O CLAUSULA DE NO REPETICION?
En la industria minera, donde la complejidad de las operaciones y los altos montos de inversión son la norma, los contratos de servicios y construcción (EPC o EPCM) exigen pólizas de seguro robustas. Dos términos esenciales que definen la seguridad contractual de una minera como mandante son: "Cláusula de No Subrogación" y "Cláusula de No Repetición".
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